¿Qué pasa cuando caduca la autorización de la regularización de 2026? (modificación del artículo 191)
Revisada el 28 de octubre de 2026
Respuesta corta
La autorización de 1 año de la regularización extraordinaria (Real Decreto 316/2026) no se renueva como las demás. Al caducar tienes que pedir una modificación a otra autorización del Reglamento de extranjería (artículo 191 del Real Decreto 1155/2024), en los 2 meses antes o los 3 meses después de la fecha de caducidad. Solo si no puedes pedir ninguna modificación cabe una prórroga excepcional de 1 año.
Por qué no es una renovación normal
Según las preguntas y respuestas oficiales del Ministerio de Inclusión, la autorización de 1 año que se concedió en la regularización extraordinaria de 2026 está pensada como un primer paso. Cuando termina, no se prorroga sin más: tienes que cambiarla (modificarla) a otra autorización del Reglamento, por ejemplo a una de residencia y trabajo. Esa modificación está regulada en el artículo 191 del Real Decreto 1155/2024.
Un bulo frecuente es que la autorización de la regularización se renueva sola. No es así: si no haces nada, caduca.
Cuándo hay que pedir la modificación
El plazo es el mismo que el de una renovación: desde 2 meses (60 días) antes de la caducidad hasta 3 meses (90 días) después. Si pides después de que caduque, pueden multarte. Si presentas dentro de plazo, tu autorización anterior sigue siendo válida hasta que te respondan.
Las solicitudes de la regularización se presentaron de abril al 30 de junio de 2026 y el Ministerio recibió 1.174.978. Por eso muchas autorizaciones de 1 año caducan entre abril y junio de 2027. Si es tu caso, empieza a preparar los papeles unos 3 meses antes de tu fecha.
Qué necesitas y cuánto cuesta
Primero decide a qué autorización vas a modificar y lee su hoja informativa en la web del Ministerio de Inclusión: ahí están los requisitos y el formulario (por ejemplo, el EX-03 para trabajo por cuenta ajena). Normalmente necesitas el formulario firmado, copia completa del pasaporte en vigor, copia de tu TIE y las pruebas de que cumples los requisitos de la nueva autorización. Los documentos de otros países van traducidos al castellano.
La tasa es el modelo 790 código 052, pero el epígrafe y el importe dependen de la autorización a la que cambias. Comprueba el importe vigente en la pasarela de tasas antes de pagar. Cuando te concedan la nueva autorización, tendrás que pagar también la tarjeta (modelo 790 código 012) y pedir la cita de huellas en el mes siguiente.
La prórroga excepcional de 1 año
Si no puedes pedir ninguna modificación, cabe una prórroga de 1 año. Para ello debes estar en búsqueda activa de empleo e inscrito en el servicio público de empleo, o tener un informe favorable de esfuerzo de integración de tu comunidad autónoma.
Algunos análisis del Real Decreto indican una prórroga más larga si una causa justificada (enfermedad, discapacidad, edad de jubilación) te impide trabajar. No lo damos por seguro: comprueba el detalle en el BOE y en el portal oficial de la regularización.
Casos especiales y dónde presentar
Los hijos menores que recibieron una autorización de 5 años no tienen que hacer este trámite al año.
La solicitud se presenta por internet en la plataforma Mercurio (con certificado digital, Cl@ve o a través de un representante) o en el registro de la Oficina de Extranjería de tu provincia. Guarda el resguardo con la fecha. El Ministerio de Inclusión irá publicando más detalles en su portal de la regularización: consúltalo antes de presentar. Esta página es información general, no asesoramiento sobre tu caso.
¿Mi autorización de la regularización se renueva automáticamente?
No. Tienes que pedir una modificación a otra autorización (artículo 191 del Reglamento) o, si no puedes, la prórroga excepcional.
¿Cuándo caduca mi autorización de la regularización?
Dura 1 año desde la concesión. Mira la fecha en tu resolución y en tu TIE; muchas caducan entre abril y junio de 2027.
¿Qué pasa si no tengo trabajo cuando caduca?
Si no puedes modificarla, cabe una prórroga de 1 año si estás en búsqueda activa de empleo e inscrito en el servicio público de empleo, o con informe de esfuerzo de integración.
¿Mis hijos también tienen que hacer la modificación?
Los hijos menores que recibieron una autorización de 5 años no tienen que hacer este trámite al año.
¿Cuánto cuesta la modificación?
Se paga con el modelo 790 código 052, y el importe depende de la autorización a la que cambias. Compruébalo en la pasarela de tasas.
Fuentes oficiales
- Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que modifica el Reglamento de extranjería (BOE-A-2026-8284) · consultado el 28 de octubre de 2026
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (BOE, texto consolidado) · consultado el 28 de octubre de 2026
- Regularización extraordinaria: preguntas y respuestas tras la solicitud (Ministerio de Inclusión) · consultado el 28 de octubre de 2026
- El plazo de la regularización extraordinaria concluye con 1.174.978 solicitudes (Ministerio de Inclusión) · consultado el 28 de octubre de 2026
- Solicitudes telemáticas de autorizaciones de extranjería - Mercurio (Sede de Administraciones Públicas) · consultado el 28 de octubre de 2026
Nuevo en España ofrece información pública de fuentes oficiales, citadas y fechadas. No es asesoramiento legal, no pide citas previas y no hace trámites en nombre de nadie. Las normas cambian: comprueba siempre la fuente oficial enlazada. Para tu caso concreto, consulta a un abogado o a una entidad de acogida gratuita.