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Novedad: renovación de las autorizaciones del Real Decreto 316/2026

Tus trámites en España, paso a paso y en tu idioma

Documentos, plazos, tasas y errores frecuentes de cada trámite, con la fuente oficial citada y la fecha de revisión. Para personas recién llegadas o recién regularizadas.

Información general de fuentes oficiales. No es asesoramiento legal.

Fuentes oficiales

Cada dato enlaza al BOE, al ministerio o a la sede oficial, con su fecha de consulta.

En 7 idiomas

Castellano, árabe, francés, inglés, rumano, chino y ucraniano.

Lista y recordatorios

Marca lo que ya tienes y recibe un correo antes de cada plazo.

¿Por dónde empiezo?

Elige tu situación y te mostramos el orden recomendado de trámites.

Las guías

Cómo empadronarte en España

Empadronarte es inscribirte en el padrón municipal: la lista oficial de las personas que viven en cada municipio. Es obligatorio para todas las personas que viven en España, también si estás en situación irregular, y abre la puerta a la tarjeta sanitaria, la escuela, los servicios sociales y muchos trámites de extranjería. El alta es gratis en Madrid, en Barcelona y en la mayoría de ayuntamientos. Lo que más tiempo lleva suele ser conseguir la cita; con los papeles correctos, el trámite se hace en una sola visita o por internet.

Guía gratis

Renovar tu autorización de residencia (y la del Real Decreto 316/2026)

Tu autorización de residencia temporal tiene fecha de fin. Para seguir en España de forma legal, pides la renovación (o un cambio a otra autorización) en los 2 meses antes de que caduque o, como tarde, en los 3 meses después. Pagas la tasa de extranjería (modelo 790 código 052) y, cuando te la conceden, la tasa de la tarjeta TIE (modelo 790 código 012). Si pides a tiempo, tu autorización sigue siendo válida mientras esperas la respuesta. Si tienes la autorización de la regularización extraordinaria de 2026, esa no se renueva igual: al año tienes que cambiarla (modificarla) a otra autorización.

4,99 €

Número de la Seguridad Social (NUSS / NAF)

El Número de la Seguridad Social (NUSS) te identifica en la Seguridad Social española. Cuando empiezas a trabajar, ese mismo número es tu número de afiliación (NAF). Lo necesitas para que una empresa te dé de alta, para trabajar como autónomo y para muchos trámites de prestaciones. Es gratis y lo da la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): por internet en Import@ss o en una oficina de la TGSS. Con certificado digital o Cl@ve es más rápido; sin identificación digital, la TGSS primero comprueba tu identidad y tarda más.

4,99 €

Tarjeta sanitaria individual (TSI)

La tarjeta sanitaria individual (TSI) es la tarjeta para usar la sanidad pública: médico de familia, centro de salud, especialistas y recetas. La da el servicio de salud de tu comunidad autónoma y la solicitud es gratuita. Normalmente necesitas estar empadronado y tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria. Si estás en España sin residencia legal, también tienes derecho: desde el 13 de marzo de 2026 el Real Decreto 180/2026 fija un procedimiento común, con un documento provisional que te da acceso desde que presentas la solicitud y una respuesta en un máximo de 3 meses.

4,99 €

Abrir una cuenta bancaria

En España tienes derecho a abrir una cuenta de pago básica, aunque todavía no tengas permiso de residencia. Sirve para cobrar el sueldo, pagar recibos, sacar dinero y usar una tarjeta de débito. La comisión máxima es de 3 € al mes y es gratis si estás en situación de vulnerabilidad. Si el banco dice que no, debe darte los motivos por escrito en un máximo de 10 días hábiles.

4,99 €

Homologar o declarar la equivalencia de tus títulos

Para usar en España un título obtenido en otro país necesitas su reconocimiento oficial. Los títulos universitarios los reconoce el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (tasa de 166,50 €, resolución en un máximo de 6 meses). Los títulos de ESO, Bachillerato y Formación Profesional los reconoce el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Casi siempre necesitas traducción oficial y apostilla o legalización.

4,99 €

Carnet de conducir: canje o examen teórico

Si vives en España con un permiso de conducir de otro país, tienes dos caminos. Si tu permiso es de la UE/EEE, sigue valiendo mientras esté en vigor. Si es de un país con convenio con España (por ejemplo Marruecos, Colombia, Ecuador, Perú, Argentina, Bolivia o Ucrania), puedes canjearlo sin examen por la tasa 2.3 (28,87 €), y solo puedes conducir con él durante 6 meses desde que tienes residencia legal. Si tu país no tiene convenio, tienes que sacar el permiso B en España: tasa 2.1 (94,05 €), examen teórico y examen práctico.

4,99 €

Camino a la nacionalidad española por residencia

Puedes pedir la nacionalidad española si has vivido en España de forma legal y sin interrupciones durante un tiempo: 10 años en general, 5 si eres refugiado, 2 si eres de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal (o sefardí) y 1 año en casos especiales. Normalmente tienes que aprobar dos exámenes del Instituto Cervantes (CCSE y DELE A2) y pagar una tasa de 104,05 €. La solicitud se presenta por internet en la sede del Ministerio de Justicia. La ley da 1 año para resolver, pero en la práctica suele tardar más; después tienes 180 días para jurar o prometer.

4,99 €

Precios

Gratis: la guía completa de empadronamiento y el resumen de todas las guías.

4,99 €/mes · 19,90 € · 12 meses

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